El 13 de noviembre de 2025 la entidad indicó que la CRUBC Los Ríos (Chile) y su presidente el gobernador Luis Cuvertino, no respetaron los derechos de las comunidades indígenas establecidos en la Ley Lafkenche al cuestionar la admisibilidad. Esto se suma a una serie de irregularidades y falencias técnicas hasta la fecha.
Por: Nastassja Mancilla Ivaca
El 15 de julio de 2025 la Asociación presentó una reclamación para dejar sin efecto parte de la Resolución 238 de la Comisión Regional de Uso de Borde Costero (CRUBC) Los Ríos, que excluyó el 96,6% de la superficie que acreditó CONADI del Espacio Costero Marino de Pueblos Originarios (ECMPO) Wadalafken. La acción planteó la falta de argumentos técnicos, al principio de proporcionalidad y la ausencia de compatibilización de intereses.
El 19 de agosto la CRUBC citó de forma extraordinaria a una sesión para someter a votación la admisibilidad de la reclamación, a solicitud de la Municipalidad de Corral, que en un documento de observaciones ingresado al Comité Técnico invocó de forma falsa el artículo 8 de la Ley Lafkenche (ver nota 20 de agosto). En la jornada, no se logró acuerdo por parte de los comisionados regionales.
El 12 de septiembre se envió un oficio por parte de Luis Cuvertino en su calidad de gobernador y presidente de la Comisión Regional, para solicitar el pronunciamiento de la Contraloría Regional sobre la admisibilidad de la reclamación interpuesta por las comunidades,
La Contraloría el 13 de noviembre indicó literal al respecto:
“Cabe señalar que no se ajustó a derecho que la CRUBC haya sometido a votación (fallida) de sus miembros la decisión relativa a la admisibilidad del recurso de la especie, por cuanto se advierte que dicha entidad no tiene asignada dicha atribución o función en la ley N° 20.249, ni en el reglamento de ese cuerpo normativo, lo que deberá tener presente, en lo sucesivo, en sus actuaciones”.
Con relación a lo expresado por la entidad, Felipe Guerra, abogado apoderado de las comunidades explicó:
“El dictamen de la Contraloría es categórico: cuando una resolución aprueba con modificaciones un ECMPO, en realidad está rechazando parcialmente la solicitud al reducir el espacio de uso consuetudinario acreditado por CONADI, por lo que corresponde interponer el recurso de reclamación de la Ley 20.249 o Ley Lafkenche”.
Por su parte, Sergio Quinan, coordinador de la Asociación Wadalafken, enfatizó:
“No están actuando de acuerdo con la ley, están discriminando y usando un sesgo y, también, vulnerando los derechos de los pueblos originarios. Están faltando a una ley y esto debe parar, las CRUBCs deben apegarse a su mandato y con esto se viene a reiterar lo que hemos denunciado”.
Cabe mencionar que el 11 de noviembre la Corte Suprema declaró ilegal el rechazo a los Espacios Costeros Cisnes y Huichas en la región de Aysén, porque no se fundamentó técnicamente la decisión, no se aplicó la compatibilización de usos ni el principio de proporcionalidad. La CRUBC regional deberá dictar una nueva resolución.
Sobre las reacciones por parte de la Comisión en Los Ríos y su presidente, a la fecha de emisión de este comunicado no se tiene información al respecto ni un pronunciamiento oficial.




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