El martes 1 de agosto el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco ha decidido absolver al acusado Juan Felipe González Ganga, por su participación en el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones gravísimas en perjuicio del joven de iniciales C.O.M (29 años) quien se encontraba protestando el día 22 de octubre de 2019 en la Plaza Dagoberto Godoy de Temuco, en el contexto de la Revuelta Social en Chile.
Por Morín Ortiz Herrera.
En conversación con el abogado Sebastián Saavedra Cea, querellante junto al abogado Mauricio Reidenbach en representación de la víctima, señaló que el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco “pese a haber determinado la gravedad de la lesión sufrida por la víctima, ha decidido absolver al acusado en atención a que según su criterio, no existiría o no se habría acreditado feacientemente su participación, puesto que habrían participado un sinnúmero de otros funcionarios policiales en la plaza, realizando disparos”.
Declaraciones que preocupan a la parte querellante, puesto que como prueba existía una cámara de televigilancia de la Municipalidad de Temuco, que mostraba el momento exacto del disparo cuando la víctima se encontraba de frente al vehículo policial donde se encontraba el acusado. Lo que coincidió con las pericias realizadas en la polera y en los perdigones extraídos del rostro de la víctima.
“Creemos que es una pésima señal que está dando el poder judicial en atención a buscar y rebuscar cualquier excusa para dejar sin ningún tipo de sanción a los Carabineros en este tipo de casos. Entendemos así mismo, que existe una revictimización inmensa para las víctimas de estos hechos. Víctimas que han quedado cegadas de uno de sus ojos, toda vez que se incumplen garantías internacionales básicas como la de no repetición, esto es, que exista una investigación y una sanción proporcional al hecho, con el objeto de además prevenir que este tipo de situaciones no vuelvan a ocurrir”, señaló Saavedra.
Según cifras del INDH -la otra parte querellante en este juicio, junto al Ministerio Público- solo en el contexto del estallido en la región existieron al menos 10 casos de trauma ocular registrados durante el 2019, los que se suman a las más de 400 víctimas que registra la entidad a nivel nacional.
El Centro de Investigación y Defensa Sur, al cual pertenecen los abogados Saavedra y Reidenbach, ha representado al menos a 4 personas que han sido víctimas de trauma ocular en la Araucanía, de las cuales solo dos causas han avanzado a juicio oral. El abogado de derechos humanos, asegura que “lamentablemente, de parte de la fiscalía no ha existido una inversión suficiente en recursos tanto humanos como materiales, para la importancia que revisten estos hechos”. A lo que advierte que solo dos fiscales deben investigar todas las violaciones a los derechos humanos, tanto dentro del estallido como fuera de él.
“No hay que olvidar que estos hechos ocurrieron recién el año 2019, y una vez más se reitera la posición del Poder Judicial en el sentido de dejar en la impunidad graves violaciones a los derechos humanos como lamentablemente ya ha ocurrido en otras oportunidades de la historia, lo que ha permitido precisamente la reiteración de este tipo de crímenes», expresó Saavedra.
Añadiendo que “estas resoluciones constituyen una grave infracción a las obligaciones internacionales que tiene el Estado de Chile, en el orden a investigar y sancionar proporcionalmente este tipo de hechos, con el objeto de garantizar la no repetición de los mismos. Dejan en la impunidad este tipo de actos cometidos por funcionarios públicos, lo que es tremendamente peligroso para el futuro de nuestra sociedad. Son precisamente estas resoluciones, las que han permitido que una y otra vez se reiteren las violaciones a los derechos humanos en nuestro país”.
Los jueces a cargo fueron Roberto Herrera Olivos en calidad de presidente, Francisco Boero Villagrán (S) en calidad de redactor, Alejandra Rosas Lagos (S). Por la parte querellante los abogados Sebastián Saavedra y Mauricio Reidenbach del Centro de Investigación y Defensa Sur; la abogada Karen Tapia del INDH; el Fiscal adjunto Raúl Espinoza Pinto por el Ministerio Público y como abogado defensor Camilo Gajardo.
El 7 de agosto el TOP de Temuco dará a conocer la sentencia, con lo cual la parte querellante revisará los fundamentos del fallo y estudiará la forma de impugnar la resolución.
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