El pasado martes 04 de enero, el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia condenó a Luis Alberto Cabeza Quezada por el delito de abuso sexual a menor de 12 años, habitante la de localidad de Coñaripe, Comuna de Panguipulli.
Los hechos ocurrieron en las cercanías del Lago Pellaifa, en septiembre de 2020 cuando el imputado de 65 años, aprovechándose de la confianza que tenía en ese momento dado que era conviviente de la mamá de la niña, efectuó actos de significación sexual en el cuerpo de la niña que en ese entonces tenía 12 años.
Mediante el juicio, se comprobó que se había cometido un acto de significación sexual entre el acusado en contra de una niña de 12 años quien declaró detalladamente. Su testimonio fue corroborado por su madre, quien había detenido la situación al entrar a la habitación. En este caso se utilizó una sala especial de declaración para niños y niñas habilitada en el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia para así proteger a la víctima, considerando los daños que muchas veces duran de por vida.
Según señala el texto de la sentencia emitido por el tribunal, se valida la prueba ofrecida por la Defensa de la víctima y su madre, dado el mayor conocimiento de los hechos, pues los vivenciaron directamente. Los testimonios de la contraparte fueron 2 hijas del acusado, quienes no estuvieron en el lugar al momento de los acontecimientos, limitándose a plantear sus dudas atendido el crédito que le dan a su padre al haberse hecho cargo de su crianza en solitario, luego del fallecimiento de su madre a temprana edad.
La audiencia de comunicación de sentencia se realizará el lunes 10 de enero a las 14:00 horas. Cabe destacar que el delito de abuso sexual de menor de 14 años arriesga 5 años de presidio, pero se pidió la sustitución de la pena por libertad vigilada intensiva. Esto, debido a que las condenas por abuso sexual son bajas en nuestra legislación y por ello, quien no tiene antecedentes probablemente cumpla en libertad. Una de las sanciones que pueden ocurrir es que no pueda acercarse a la víctima en ningún lugar.
Poner atención además que en el caso de Chile, el Código Penal chileno data de 1874, por lo que la legalidad estatal queda obsoleta para la dimensión profunda y compleja de esta problema social.
Un problema social, más que hechos aislados
Cabe tener presente que los abusos sexuales a niños y niñas en su mayoría se producen entre personas conocidas de confianza y muchos de ellos no son denunciados por la dificultad probatoria y la revictimización o victimización secundaria a la que son sometidas las personas afectadas. El difícil proceso que deben llevar los sobrevivientes del abuso, no sólo por la vivencia traumática en sí misma, sino a todo lo que deben enfrentar cuando rompen el silencio, si es que logran hacerlo. Los prejuicios, el descrédito, el paso por la justicia, muchas veces causa igual o peor daño. Aún hoy día se sigue poniendo el acento en las víctimas, se habla del «peso de la prueba», que recae en ésta. Es la víctima quien debe «probar» y «convencer» de que lo que le sucedió fue real, y no producto de la invención o fantasía. Muchas políticas de prevención ponen el acento en el autocuidado de los niños, poniendo en éstos la tremenda e injusta responsabilidad de que ellos mismos tengan que evitar que los dañen.
Tal vez el hecho de que aun no queramos ver o conversar sobre estos asuntos es una suerte de negación en la que queremos creer que son casos aislados, que sólo ocurre por parte de seres enfermos y psicopáticos en medio de la noche en espacios públicos. Lamentablemente la vulnerabilidad de les niñes siempre está latente y el abuso sexual es la máxima expresión de ello. Somos nosotros, la sociedad toda, los responsables que eso no pase.
Nota al pie/ Texto extraído de https://www.harta.uy/
La revictimización es un sufrimiento extra que viven las víctimas por parte de las instituciones y los profesionales que se encargan de atenderlas (por ejemplo, psicólogos, peritos, jueces, etc.).vEs decir: una persona ya fue víctima de una violencia en un pasado y, al momento de hacer una denuncia, vivir un proceso legal al respecto o ser atendida por las secuelas, sufre nuevos tipos de violencia relacionados. Se le hace revivir el momento doloroso, las emociones pasadas, no se le ofrece ayuda adecuada a su situación.
A diferencia del hecho violento de origen, quien ejerce esta nueva violencia no tiene que ser necesariamente una persona puntual. Quien revictimiza puede ser un grupo o una determinada estructura. El ejemplo más común es el sistema judicial de un país, que muchas veces durante el proceso que lleva adelante contra quien cometió la violencia, termina violentando también a la víctima, haciéndola declarar, revivir el momento, presionándola a aportar pruebas.
La revictimización es un sufrimiento extra que viven las víctimas por parte de las instituciones y los profesionales que se encargan de atenderlas (por ejemplo, psicólogos, peritos, jueces, etc.).
Es decir: una persona ya fue víctima de una violencia en un pasado y, al momento de hacer una denuncia, vivir un proceso legal al respecto o ser atendida por las secuelas, sufre nuevos tipos de violencia relacionados. Se le hace revivir el momento doloroso, las emociones pasadas, no se le ofrece ayuda adecuada a su situación.
A diferencia del hecho violento de origen, que puede haber sido provocado por un familiar, una pareja, un allegado o un desconocido, quien ejerce esta nueva violencia no tiene que ser necesariamente una persona puntual. Quien revictimiza puede ser un grupo o una determinada estructura.
El ejemplo más común es el sistema judicial de un país, que muchas veces durante el proceso que lleva adelante contra quien cometió la violencia, termina violentando también a la víctima, haciéndola declarar, revivir el momento, presionándola a aportar pruebas.
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