«COMUNICADO PUBLICO
LOF CHOIN LAFKENCHE
Marri marri pu lonko, pu machi, kom pu che, autoridades tradicionales y gente conciente de la lucha Mapuche.
Como familiares, en conjunto con nuestra autoridad tradicional el Lonko Victor Queipul y los Lof en resistencia de la Zona de Malleco, venimos a declarar lo siguiente:
KIÑE: El día 04 de Junio, la Corte Suprema se pronunció RECHAZANDO el recurso de NULIDAD DE JUICIO, que se interpuso tras el cuestionado veredicto del TOP ANGOL en contra de los hermanos Ancalaf.
EPU: Los testigos reservados que utilizó carabineros de Chile y la Fiscalía a cargo del fiscal Carlos Bustos:
J. Ll. Ll. : JAIRO LLAUPE LLANCALEO.
Fue utilizado para declarar en contra de los hermanos Ancalaf. Este testigo el año 2019 era IMPUTADO por el fiscal Carlos Bustos, en varias causas, como; sospechoso, del ataque a una base del parque eólico Malleco, construido por la empresa WPD Alemana, en el fundó Agua Buena. Mismos hechos por los que fueron condenado los peñis, donde este único testigo les atribuye participación en los hechos.
Lo curioso de esta causa, es que Abraham Mieres, víctima en este hecho, sindica a Jairo Llaupe Llancaleo, como sospechoso, ya que mantiene una conducta extraña, y al momento de ser atacado el parque, le causa mucha sospecha, que no existiese destrucción hacia el vehículo de Jairo. Declaración, prestada por escrito y ratificada en juicio, por Abraham Mieres.
Jairo Llaupe Llancaleo ( Testigo Protegido)
– Investigado por falsificación de documento público, licencia de conducir fraudulenta.
– Por la destrucción de una torre medidora de viento, propiedad del parque eólico Malleco de la empresa wpd Alemana.
– Conducción en estado de ebriedad y uso de drogas.
Quien según su propios familiares fue presionado por Carabineros de Chile desde el año 2019 hasta agosto del 2021, donde aportó con múltiples declaraciones acusando acomodadamente a los hermanos Ancalaf, sosteniendo una supuesta confesión de los hechos de la muerte del sgto. Benavides en Collipulli.
El investigador a cargo de esta causa, Cristian Mediavilla Castro, fue designado, del hecho del sgto Benavides, ocurrido el 24 de mayo del 2021. Cabe destacar que Jairo Llaupe Llancaleo, pasa de ser, IMPUTADO el año 2019, a ser TESTIGO PROTEGIDO el año 2021, por el mismo Fiscal Bustos que encarcela a los hrnos. Ancalaf. Para lograr este fin, tranforma a Jairo en el TESTIGO CLAVE, de todos los hechos, principalmente del hecho del Carabinero.
J. R. F: Jova Ramirez
– Sindicó desde antes que ocurrieran los hechos a los hermanos Ancalaf como autores de todos los hechos ocurridos en camino San andres y alrededores. Manifestando una clara intencionalidad en cada una de sus declaraciones, como una manera de desvincular a su hijo, Brandon Ponce Ramirez, ya que participó activamente en las manifestaciones del 24 mayo del 2021.
– Mantiene declaraciones, hacia otros peñi del la comunidad Juan Ailla Varela, del Sector Caillin, culpándolos de hechos que habían sucedido el 24 de mayo de 2021, como una manera de desvincular a su hijo.
-Intentó acusar a Matias Ancalaf, de abuso, situacion que quedó clarificada en juicio, donde quedó en manifiesto que MINTIÓ en complicidad de Carabineros de Chile, falseando información, que fue contrastada por las propias declaraciones de su hijo y Carabineros que permanecían en un punto fijo resguardando el domicilio de Jova Ramirez. Se comprobó la inexistencia de los hechos, investigado por, Cristian Mediavilla Castro, quien utilizó esta sucia causa, para darle la calidad de TESTIGO PROTEGIDO. Mediavilla también designado en la causa de la muerte del Carabinero Sto. Fransisco Benavides, en mayo del 2021.
KÜLA : Pedro Muñoz Andrade (perito), fue quien sostuvo conclusiones para dar con los responsables de la muerte del Sgto. el 24 de mayo del 2021.
Los Carabineros: investigadores Cristian Mediavilla y Pedro Muñoz, provenientes de Santiago, sin conocer el Sector, ni la Region, llegan a irrisorias pruebas concluyentes, a base de mentiras, para lograr encarcelar a los peñis.
– La defensa de los hermanos Ancalaf, no planteo una teoría distinta del caso, si no que argumentó que frente a los puntos que sostuvo Pedro Muñoz para inculparlos, eran insuficientes para privarlos de libertad.
– Muñoz argumentó: Los hrnos. Ancalaf fueron parte de la manifestacion, se enfrentaron con Carabineros, conocian el sector y no participaron de la reunion.
Pese a que los argumentos son insuficientes y que una decena de personas cumpliría con este criterio. Entre ellos el testigo reservado Jairo Llaupe Llancaleo, quien tampoco participó de la reunión, aún teniendo calidad de dirigente de una comunidad convocada a la reunión sostenida aquel día 24 de mayo. No fue objeto de investigacion y tampoco fue corroborada su coartada.
Así como el hijo de Jova Ramirez y el de muchas otras personas que no concurrieron a dicha reunión, que tampoco fue corroborada su coartada. El ente persecutor a cargo del investigador, Pedro Muñoz Andrade, lo único que acreditó fue que los peñis no participaron de la reunión convocada. Reunion que fue convocada, para los dirigentes de las comunidades del sector, dirigentes vecinales y familia de la victina afectada de Patrico Burgos Riquielme, quien perdió la vida, atropellado por una camioneta que participaba en la contruccion del parque eolico Malleco, conductor que goza de plena libertad en la actualidad.
– En supuesta conversación de los peñis, con carabineros durante la manifestacion en la ruta, se habría dicho » habrían llegado fusiles nuevos», no se puede inferir en el video presentado, ni un carácter provocador.
– En declaración prestada por los mismo carabineros, restaron relevancia y importancia a los supuestos dichos.
Nunca se acreditó que los Hrnos. Ancalaf ubiesen disparado en contra del personal policial a las 15:52 hrs. El 24 de mayo del 2021, que fue atacado el personal policial y menos en el transcurso del día.
– Solo se pudo corroborar que los hechos ocurrieron en el kilómetro 9.6 , ruta R- 35 camino San andres, pero no se corrobora la participación de los peñis, en los disparos contra el personal policial.
– Finalmente, el único indicio determinante o decisivo para el ente persecutor, fueron las declaraciones del testigo reservado Jairo Llaupe Llancaleo, las que fueron incorporadas mediante los acertos del funcionario policial. Esto como un testigo de oídas, siendo este hecho el único indicio que sindica a los peñis como coautores de los hechos que dieron con la muerte del funcionario policial. Intentando argumentar, que toda vez que el cúmulo de incidios de manera aislada o conjunta manifiestan hechos. Pero no logran acreditar participación activa y directa de los peñis acusados.
MELI: La defensa de los hermanos Matias y Moroni Ancalaf, clarificó los vicios, indebido proceso y vulneracion de los derechos fundamentales que fueron objeto los peñis, el derecho a ser juzgado por jueces imparciales.
Pero se permitió que el fiscal Carlos Bustos, incorporara en audiecia 5 declaraciones escritas, del testigo reservado, situación que fue aceptada por la presidenta de los magistrados y del Tribunal Oral de Angol, Solange Sufan arias, Karina Rubio y Loreto Morales Rey. Vulnerando el debido proceso, quienes sustentaron su sentencia en base a las declaciones del TESTIGO RESERVADO. Aún cuando, el año 2016 chile fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en COSTA RICA EN EL CASO «Lonkos» respecto del uso de testigos protegidos y bajo que condiciones se admitiría sus declaraciones. Situacion que hoy se repite, con los hermanos Ancalaf, 22 años despues.
Esta prueba fue determinante para los persecutores para condenar a los peñi, al igual que a su padre en el año 2002.
Dejando de manifiesto una clara Intervención Política, que busca solidifiar la permisividad con la que actuan los órganos represores en territorio Mapuche. Asentando una politica de blindaje e impunidad ante los multiples asesinatos con los que cargan las policías militarizadas del Estado Chileno y finalmente actuar en impunidad jurídica en territorio mapuche, dando seguridad al empresariado capitalista. Como son los mega proyectos debastadores en territorio mapuche; Forestales, trasnacionales, parques eolicos y empresas extractivistas, que devoran día a día el itrofil mogen.
Denunciamos así también el comportamiento de los Jueces de la Corte Suprema, Máximo tribunal Chileno, quienes frente al cúmulo de hechos y donde quedó clara la NULA participación de los peñis acusados, RECHAZAN abiertamente el recurso de nulidad sustentando este, en que los hechos estaría acreditados y se ajustarán a derecho. No se puede redactar una sentencia, si mientras se discutía, el recurso, algunos de los magistrados presente en sala, DORMIAN durante el desarrollo de la audiencia. Entre ellos el Ministros Sr. Manuel Antonio Valderrama R., Sr. Leopoldo Llanos S., Ministras Sra. María Teresa Letelier R. y Sra. María Cristina Gajardo H. y la Abogada Integrante Sr. Pía Tavolari G.
KECHU: Recurriremos a Tribunales Internacionales. Corte Interamericana de Derechos Humano, dado que el Estado de Chile viene vulnerando sistemáticamente los derechos fundamentales de las personas pertenecientes al pueblo Mapuche. Sesgados por el afán de dar una supuesta seguridad social a las supuestas víctimas. Excluyéndose de la responsabilidad política que le compete con el pueblo mapuche. Donde históricamente lo ha vulnerado, desconocido y condenado bajo el uso de TESTIGOS PROTEGIDOS, ha desconocido resoluciones de la Corte Interamericana, donde Chile a sido condenado por la violencia sistemática hacia sus Pueblos.,También desconoce nuestra propia existencia y territorialidad de este futa lelfun llamado Wall Mapu.
Con el fin de sostener y solidificar la permanencia en nuestro hogar y territorio donde históricamente hemos sido los únicos herederos.
KAYU: Hacemos un llamado a estar unidos en la lucha y los diferentes procesos y juicios que se vienen adelante, que nos hagamos uno frente a este gran enemigo y respaldamos a nuestros Prisioneros Mapuches en las distintas cárceles, haciendo frente a la política de dispersión implementada recientemente contras los peñis del lof TEMUCUI CUI.
Fentren mañun kom puche.
Kiñe waiñ ka kiñe trekayaiñ rupu mu.
Libertad a Matias Ancalaf Prado y Moroni Ancalaf Prado.
Libertad a todos los prisioneros políticos mapuche.
Devuelta a su territorio a Patricio Queipul y Antu Llanca.
Comunica Lof Choin Lafkenche, Collipulli Territorio-Malleco»

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