Luego del rechazo del recurso de amparo por parte de la Corte de Apelaciones de Temuco a la medida presentada por abogados del Centro de Investigación y Defensa Sur junto al INDH, en representación de cuatro niños de 5, 9, 12 y 13 años y cuatro adultos -entre ellas una autoridad ancestral- se llevó el caso a la Corte Suprema, quienes revocaron la sentencia señalando que “resulta improbable que dichos menores hayan podido ser confundidos con adultos prófugos”.
Por Morín Ortiz.
Quinquen significa “refugio” en mapudungun y es el nombre de la comunidad mapuche pewenche ubicada en la comuna de Lonquimay, entre el lago Galletué y la Cordillera de los Andes, donde el pasado 28 de marzo un operativo de la Policía de Investigaciones sitió la comunidad y bloqueó el único acceso durante tres días, sin presentar orden judicial.
Una de las integrantes de esta comunidad es Alejandra Toledo, lawenche, autoridad ancestral en proceso de aprendizaje de medicina mapuche. Ese viernes estaba en su casa junto a su rewe, su espacio ceremonial, cuidando de su hijo de 12 años y de su hija de 5 años, cuando irrumpen en su predio cerca de 30 funcionarios de la PDI. Ante lo cual ordena a los menores que se resguarden en la casa cercana de su tía Delfina.
El domicilio fue rodeado por policías, quienes comenzaron a registrar las dependencias. Alejandra se quedó en su rewe, escuchó disparos y pidió que se calmen porque había niños y niñas:
“se me agredió, se me amenazó, me apuntaron y rodearon con armas, hubo disparos y no se me permitió seguir a mis hijos, a quienes los persiguieron, los apuntaron, los acorralaron en el cerro solos. Mi hija menor tiene 5 años y quedó con daños sicológicos por esto. Por los disparos, pensó que habían matado a su papá, a su mamá, que nos habían matado a todos”.
Cuatro camionetas y un automóvil de la PDI persiguieron a los hijos de Alejandra, que corrían para refugiarse en la casa de su tía Delfina Torres y avisar lo sucedido, donde también se encontraba Miriam Meliñir con su hijo lactante de 9 meses, junto a menores de 13 y 9 años. Al ver el contingente policial los cuatro niños y niñas corrieron lejos de la casa, donde la señora Miriam fue retenida. Cuando logró salir en su auxilio, fue perseguida y le ordenaron detenerse, pero no lo hizo.
Al llegar, vio que los niños y niñas estaban rodeados de policías que portaban armas y los mantenían acorralados al centro, mientras lloraban con pánico. Ella les sacó de allí y los llevó a su casa, donde permanecieron hasta el domingo, porque los policías continuaban en el lugar, haciendo uso de espacios privados para pernoctar. El impacto psicológico para los niños fue evidente. Durante esas noches, no pudieron dormir y recién una semana después de los hechos, pudieron regresar a su escuela.
Corte Suprema revoca sentencia de Temuco en favor de infancias mapuche
El 7 de mayo se revisó esta causa en la Corte de Apelaciones de Temuco, y dos días después, su segunda sala dio a conocer la negativa: “No habiéndose configurado en la especie una afectación ilegal o arbitraria a la libertad personal o a la seguridad individual de los amparados, que justifique acoger la presente acción, corresponde desestimar el recurso de amparo”.
Ante esto, los abogados Eduardo Painevilo y Sebastián Saavedra del Centro de Investigación y Defensa Sur, presentaron el caso ante la Corte Suprema, institución que el 26 de mayo revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, confirmando el amparo y señalando que:
“existió una persecución de menores 5 y 9 años de edad de parte de funcionarios premunidos con armas, que aun cuando fue por breve tiempo, resulta improbable que dichos menores hayan podido ser confundidos con adultos prófugos, respecto de quienes se practicaban las diligencias; lo cual no podía sino causar una alteración y afectación anímica a los aludidos infantes, debido su escasa edad y contextura física, lo que aparece refrendado, por los demás, con los informes de atención de los afectados emanados del Hospital Intercultural de Maquehue”.
De este modo, la sentencia de la Corte Suprema confirmó la vulneración a la libertad y a la seguridad individual de los niños, alertando un riesgo de vulneraciones futuras, lo que motivan a adoptar decisiones en lo venidero:
“deberá extremar las precauciones, en especial en contextos en los que se encuentren presentes niños, niñas y adolescentes, personas pertenecientes a pueblos originarios y espacios de significación cultural, adoptando protocolos de actuación compatibles con los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos”.
Al respecto, el abogado Eduardo Painevilo destaca la sentencia porque:
“atiende principalmente a la desproporción del actuar policial, en específico de la PDI, en el allanamiento realizado el 28 de marzo en el lof quinquen, donde con armamentos de grueso calibre se da persecución a niños dentro del lof, lo cual evidentemente está fuera de toda legalidad. Estamos conformes con dicha decisión y como CIDSUR esperamos que se realicen las investigaciones correspondientes para determinar la responsabilidad de los funcionarios que han actuado de manera ilegal”.
Por su parte, Alejandra Toledo, lawenche y madre de una de las niñas afectadas señaló:
“Estamos conformes con el resultado, ya que nos parece lo mínimo haber aceptado de parte de la Corte Suprema que hubo vulneración de derechos hacia nuestra familia y sobre todo nuestros pichikeche”, destacando esta medida de amparo en favor de las infancias mapuche.
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