CONSEJO TERRITORIAL MAPUCHE DE PUKON.
ASOCIACION INDIGENA REGISTRO CONADI PJ 651
PARA: CARLOS BARRA MATAMALA
ALCALDE MUNICIPALIDAD DE PUCON
CC: CONCEJO MUNICIPAL DE PUCON
MAT: CONTRATACION DE EDMUNDO FIGUEROA PARA JEFATURA UNIDAD JURIDICA MUNICIPALIDAD DE PUCON
Estimado Señor Alcalde, junto con saludar, y esperando que usted junto a
su gran equipo y concejales de la nuestra comuna, tengan el mejor de
los desempeños para el bien de Pucón. Nos dirigimos a usted en su
calidad de alcalde y al consejo municipal en calidad de fiscalizadores
de los actos administrativos del municipio de Pucón, para solicitar lo
siguiente:
Nos hemos enterado por la prensa, que el departamento
jurídico de la municipalidad, ha integrado a su jefatura, al señor
Edmundo Figueroa, profesional, abogado.
Debido a esta contratación,
es que nuestro Consejo, solicita que se revise ésta, y se nos responda a
la brevedad, el por qué, ha sido contratado por el municipio de Pucón,
un abogado vinculado a hechos de desafectación de tierras mapuche,
protegidas en la legislación nacional por la ley 19.253, y también
protegidas en la normativa internacional por el Convenio 169 de la OIT,
el cual pasó a ser parte de las leyes nacionales (una vez ratificado por
el Estado de Chile en el año 2009) y, por tanto, obligación para todos
los entes de administración del Estado, incluidos los municipios.
Lo anteriormente expuesto, vulnera los derechos de los que gozan las
personas y comunidades mapuche que existimos en este territorio, toda
vez, que, en este acto de contratación de un profesional, se ha
ignorado, los vínculos que éste mantiene con hechos que contravienen los
estándares normativos nacionales e internacionales de protección de
nuestras tierras, por tanto contraviene la ley. Es más, este acto de
contratación del abogado Edmundo Figueroa, es en sí mismo, un acto de
falta a la probidad de parte del Municipio de Pucón. Pues, el
profesional aludido, ha cometido actos que han contravenido las leyes
chilenas, estando aun vinculado a un hecho que está siendo investigado
por una comisión especial de la cámara de diputados.
Tenemos
certeza que nuestras exigencias, tienen el asidero jurídico suficiente,
para ser expuesto, y con esto, exigir al municipio, se destituya a la
brevedad al profesional en cuestión.
Lo anterior se agrava con los
últimos dichos del abogado Edmundo Figueroa, en un diario local. Entre
otras palabras este menciona respecto de la tierra lo siguiente: “Lo que
se hace es darle valor a lo que no tiene valor alguno”. Estos dichos
hacen directa referencia a la tierra mapuche, tierra indígena. No
obstante la ley 19.253 tiene por principio respetar, proteger y
promover el desarrollo de los indígenas…y adoptar las medidas necesarias
para proteger las tierras indígenas, velar por su adecuada explotación,
por su equilibrio ecológico y propender a su ampliación. Esto que
mencionamos, es obligación del estado y de la sociedad en general, según
esta ley. Por tanto, el acto de contratar a quien ha puesto su
profesión al servicio de contravenir lo dispuesto por la ley, es un acto
de falta de probidad y al mismo tiempo un acto que contraviene las
obligaciones que la misma ley establece para los órganos del estado, en
este caso, Municipio de Pucón.
A través de esta misiva, enviamos el
siguiente mensaje a la población indígena de la comuna y del territorio
mapuche en general, y es que el reconocimiento que otra ley nacional
(convenio 169 de la OIT) hace de nuestras tierras es para nosotros
absolutamente exigible. El señor Figueroa, equivoca el espíritu de la
ley, contraviene los principios de esta, e insulta nuestra existencia al
pronunciarse en contra del valor colectivo que la tierra y el
territorio tiene para nuestros pueblos. El hecho que el municipio lo
incluya en su planta, nos indica un animo por vulnerar la ley, faltar a
la ley, y blindar a un profesional que ha causado daño a los intereses y
derechos de nuestro pueblo.
Para entendimiento de lo exponemos, invocamos el articulo decimotercero del Convenio 169 de la OIT:
Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deben
respetar la importancia especial que para las cultural y valores
espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las
tierras y territorios, o con ambos, según los casos, que ocupan o
utilizan de alguna otra manera, y en particular los aspectos colectivos
de esa relación.
Señor alcalde, exigimos considerar, que la cámara
de diputados integró una comisión de investigación sobre las tierras
mapuche, a propósito de un caso particular con el Subsecretario Rodrigo
Ubilla, quien ostenta posesión en tierra mapuche en un lof de nuestro
pueblo, por tanto, en tierra mapuche. Esta actual posesión está
vinculada a actos ejercidos por el profesional en cuestión en su
ejercicio “profesional”.
Por último, enviamos un mensaje al señor
Edmundo Figueroa, a quien felicitamos por la brillantez con la cual
logró desafectar tierras mapuche, eliminando la prohibición de venta de
nuestras tierras, sin embargo, exigimos que se desdiga de sus dichos,
por ser estos una falta al reconocimiento que la mismas leyes nacionales
hacen de nuestra tierra. Apelamos se respete la propiedad colectiva de
la tierra, ya que esta resguarda los valores que han permitido la
continuidad de nuestro pueblo, desconocer esto, atenta a nuestra
existencia, ya que pone en peligro nuestra continuidad y el derecho que
nuestra cultura tiene a desarrollarse, lo cual está garantizado en
diversos instrumentos del derecho internacional, que el estado de Chile,
sus instituciones y quienes ejercen cargos públicos, están en
obligación de respetar.
Sin otro particular, y esperando respuesta a la brevedad.
Consejo Territorial Mapuche de Pucón.
Ruth Garrido Varela
Presidente
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