El 7 de julio de 2017 el Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso sentenció a nuestros compañeros/as Miguel Varela, Rodrigo Araya, Constanza Gutiérrez, Hugo Barraza, Felipe Ríos y Nicolás Bayer a penas efectivas de cárcel (de 10 a 15 años) por el delito de incendio con resultado de muerte de don Eduardo Lara, suceso ocurrido el 21 de mayo de 2016. Ante estos hechos, junto con revindicar la inocencia de nuestros compañeros, consideramos importante comentar los siguientes puntos:
1. Miguel, Rodrigo, Constanza, Felipe, Hugo y Nicolás son jóvenes luchadores/as sociales, comprometidos con causas de justicia social. En este sentido, destacamos su activa participación en las luchas contra el extractivismo que devasta los territorios (mediante el plan IIRSA-COSIPLAN y el TPP), el saqueo de las AFP y la educación de mercado, además de apoyar la digna resistencia del pueblo mapuche. Se trata de jóvenes valientes y solidarios/as, que reconocen las múltiples violencias que nos oprimen como pueblo y por eso, desde su hacer cotidiano, trabajan en espacios de autoaprendizaje, producción de información y trabajo comunitario. Los/as compañeros/as llevan años aportando, generosamente, su creatividad, alegría y conocimientos a la construcción de proyectos de sociedad alternativos al ‘capitalismo salvaje’. Por estos motivos nuestros/as compañeros/as son vistos como una amenaza para el orden alienante impuesto por este ‘Estado empresarial’.
2. El ‘Estado empresarial’ al no poder domesticar a nuestros compañeros, los criminaliza. Nuestros compañeros/as han sido acusados/as y sentenciados/as injustamente por los hechos ocurridos el 21 de mayo de 2016. Cabe recordar que ese año la Cuenta Pública se desarrolló en un contexto de fuerte descontento social, con movilizaciones en ascenso y una deslegitimación generalizada de los aparatos del Estado. En ese momento, la lamentable muerte del señor Eduardo Lara, jubilado de 71 años, que trabajaba en condiciones de precarización y explotación, permitió al gobierno, en complicidad con el poder mediático, instalar una nueva ‘agenda noticiosa’ que desvió la atención pública, invisibilizando el carácter político de las protestas. En este sentido, la muerte del señor Lara fue usada como pretexto para un despliegue inusual de los aparatos de vigilancia y represión del Estado, una política del terror que necesitaba cierto ‘tipo’ de culpables. En lugar de investigar las diferentes aristas del caso, este se focalizó en el estereotipo del ‘joven luchador social’, ya estigmatizado, que calzaba en una historia ya escrita por el poder, y cuya captura y posterior condena sería ejemplificadora. Así, aprovechándose de una desgracia, se refuerza la criminalización de la protesta social, bloqueando un emergente ciclo de movilizaciones.
3. Lamentablemente, nuestros/as compañeros/as calzaban en el ‘tipo de culpables’ que la estrategia represiva necesitaba. En una co-producción entre las policías, el sistema judicial y los medios de comunicación, se va dando forma al montaje. En este punto, denunciamos el carácter sensacionalista con que los canales de tv oficiales cubrieron el arresto de nuestros compañeros, el 10 de agosto de 2016, criminalizándolos públicamente, vulnerando sus derechos y los de sus familias. La idea era instalar su culpabilidad en la opinión pública. Tras el fallo que negó su prisión preventiva, nuestros compañeros fueron cotidianamente acosados por los aparatos de represión del Estado. Más de dos años han vivido la angustia de la persecución y la incertidumbre por el devenir del caso, situación que ha afectado profundamente sus vidas, la de sus cercanos y quienes comparten sus luchas por la justicia social.
4. Este mes de junio de 2018, se realizó el juicio. En este punto denunciamos que se trató de un proceso viciado, que ha dejado al descubierto no solo las falencias de la justicia chilena y sus metodologías de investigación, sino también el operar ilegitimo de las fuerzas represivas. Sobre este punto, señalamos:
– El proceso de investigación contempló testimonios bajo presión de dos personas, quienes declararon en condiciones de hostigamiento policial. Si bien ambas denunciaron la situación mediante una querella ante el Juzgado de Garantía de Valparaíso, contra las policías (Rol Interno 8463-2016) y no se presentaron a validar sus testimonios durante el juicio, estos igual fueron considerados.
– El proceso de investigación, que da lugar a la supuesta identificación de los acusados (tras derrumbarse las primeras líneas investigativas) se basa en una ‘Minería de datos’ que se sustenta en la exploración de internet. Esto ocurre por lo menos en dos situaciones: cuando se revisan las redes de Facebook de los acusados y cuando sus nombres son simplemente ‘googleados’. Esta ‘exploración’ por la red, difícilmente puede considerarse una metodología seria y rigurosa, por lo que dichas pruebas carecen de validez científica y solo dan muestras de la falta de profesionalismo de las policías y su desesperación por ‘construir’ pruebas.
– Se utilizó como prueba la participación de los acusados en eventos sociales, de carácter público, como las ‘Jornadas contra la devastación de los territorios’, realizada con anterioridad a los hechos (10 de marzo de 2016). Cabe señalar que se trata de un evento de análisis de las dinámicas extractivistas en América Latina, que contó con una serie de exposiciones y espacios de conversación. No se identifica una relación clara entre este evento y lo sucedido el 21 de mayo.
– El proceso judicial careció de trasparencia, pues ni los acusados ni sus abogados contaron con la totalidad de la información recabada en la investigación. Nos referimos a la producción del Informe 76, documento considerado ‘secreto’, que fue elaborado por los servicios de inteligencia. Este contaba con fotografías tomadas desde un ángulo privilegiado, que dan cuenta de un trabajo de infiltración. El testimonio de los policías fue clave en el caso, aunque amparándose en la ley 19.974, rehusaron dar antecedentes sobre el procedimiento que dio origen a dichos registros. Situación que por sí misma deslegitima todo el proceso judicial.
5. El Informe 76 es un trabajo de inteligencia que da cuenta de prácticas de vigilancia que desbordan toda legitimidad y respeto a la vida privada. El contenido del informe evidencia un seguimiento sistemático a nuestros/as compañeros/as, con mucha anterioridad a los hechos del 21 de mayo. Situación que permitió hacerlos ‘encajar’ en el ‘tipo de culpables’ que este montaje necesitaba. Es decir, nuestros/as compañeros/as eran vigilados de cerca por los servicios secretos de inteligencia. No sabemos por cuánto tiempo las diversas actividades en que participaban y su vida misma, fue seguida y registrada sin mediar motivo ni acusación alguna. Estos registros fueron usados como material para el montaje, fueron la materialidad que dio forma a una historia escrita por el poder. Sin duda esto abre una serie de interrogantes sobre el actuar de los servicios de inteligencia, que reproducen, en un nuevo contexto, las dinámicas de persecución y criminalización que han marcado la historia del Estado terrorista chileno. La decisión de tribunales se sostiene en el material de esta carpeta, que es en sí ilegítima e ilegal, pues ninguna otra prueba ameritaba la condena.
6. Además del registro fotográfico que evidencia el seguimiento ilegal a nuestros/as compañeros/as, los servicios de inteligencia aportaron un video que finalmente no fue usado como prueba, pero ha circulado por el portal del Diario y Radio de la Universidad de Chile. Este video muestra claramente el accionar de policías infiltrados en la marcha del 21 de mayo de 2016. Estos policías, hombres y mujeres, participan activamente en los disturbios, de hecho, se puede ver cómo violentamente promueven desmanes. Sin duda la participación de infiltrados en las marchas abre una serie de preguntas sobre su participación directa en los hechos de violencia que desde el poder se atribuye a los luchadores sociales que se movilizan.
7. Consideramos inaceptable el proceder de los tribunales que han avalado el operar ilegitimo e ilegal de los servicios de inteligencia y la falta de rigurosidad del proceso investigativo. El fallo nos señala una alianza perversa entre el poder judicial y los aparatos de vigilancia y represión del Estado. Sabemos que este no es un caso aislado, sino una práctica corrupta normalizada, que permea al sistema judicial chileno.
8. Frente a todos estos hechos, exigimos la anulación de la sentencia de el Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso. Miguel, Rodrigo, Constanza, Hugo, Felipe y Nicolás son INOCENTES, han sido sentenciados injustamente, por un proceso judicial viciado que, a través de su condena, pretende propagar el miedo entre quienes aún creen posible un mundo distinto, lejos de la violencia capitalista. Nuestros/as compañeros/as son víctimas de un burdo montaje.
9. Lamentamos profundamente la muerte de don Eduardo Lara, y la precarización laboral que debió enfrentar sus últimos años. Por eso creemos que es necesario investigar el caso, abrir otras aristas a la investigación que logren dar con los verdaderos culpables, que su muerte no sea un pretexto para criminalizar la protesta social ni condenar jóvenes inocentes.
Finalmente hacemos un llamado a las organizaciones sociales, colectivos, agrupaciones territoriales, educacionales, a los medios de comunicación alternativa y popular, y a todas las personas que quieran apoyar a nuestros compañeros en la búsqueda de justicia. En esto momentos necesitamos toda su solidaridad.
La Serena 14 de agosto de 2018
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